miércoles, 23 de marzo de 2011

Titulización de activos

La titulación es el proceso por el cual un bien o conjunto de bienes se transforma en un valor transferible y negociable en un mercado organizado. De esta manera, activos no líquidos se convierten en otros que pueden generar liquidez inmediata.

Titulación de activos: es un proceso mediante el cual se constituye un patrimonio autónomo, tal que los flujos de caja generados por dicho patrimonio servirán para el pago de los derechos concedidos a los titulares de los valores emitidos mediante oferta pública o privada. Se obtiene así dinero en efectivo por el adelanto de ingresos futuros

Puede ser entendido como un proceso de conversión de un activo financiero poco líquido en otro u otros más líquidos, que pueden negociarse entre inversores sin necesidad de ser de ellos los originarios de tales títulos.

Es una forma de financiación estructurada desarrollada en los años 80 en USA y extendida posteriormente en todo el mundo, estimándose en la actualidad un mercado superior a 2 billones de euros.




Proceso de Titulización 

Durante el proceso de titulización, su emisor transfiere el bien no líquido a la empresa administradora, encargada de su gestión en lo sucesivo. Ésta crea un patrimonio separado con cuyo respaldo emite bonos, es decir, valores negociables.

Estos bonos se venden a inversores que asumen parte o la totalidad del riesgo inherente a los activos titulizados.

Los detalles acerca de los aspectos legales que afectan a este proceso depende de las distintas legislaciones nacionales.

Características 

  • La titulización posibilita la separación de la calidad crediticia de los títulos emitidos respecto de la calidad crediticia de la entidad cedente. 
  • Los valores emitidos proceden de una agrupación de activos financieros homogéneos y que generan una corriente de flujos financieros (pago de intereses y devolución del capital) sobre la que se basará la rentabilidad de dichos valores. 
  • Los activos sobre los que se emiten los valores son cedidos por las entidades propietarias. Salen del balance de dichas entidades a cambio de liquidez
  • Fundamentalmente es un proceso de financiación, no de inversión. Una entidad que tituliza un activo no busca rendimiento, sino la mejor financiación del mercado dadas unas condiciones. 
  • Implica una transformación de flujos desde dos puntos de vista: por una parte, los flujos originales correspondientes a los activos titulizados no llegan directamente desde los pagadores a los últimos inversores, sino a través de una entidad intermediaria (Fondo de Titulización), por otra parte, el fondo de titulización podrá transformar los plaazos y cuantías de dichos flujos que inicialmente estaban pactados. 

Partes del contrato de Titulización 

  1. Originador o emisor: empresa que posee el activo no líquido y que inicia el proceso de titulización
  2. Administrador: empresa que recibe y gestiona los activos titulizados
  3. Vehículo Emisor: empresa que adquiere los activos securitizados y emite los bonos
  4. Tomador o underwrit: intermediario que suministra los fondos que necesita el originador y que, una vez emitidos los bonos, procurará colocárselos a los inversores finales.
  5. Credit Enhacer: empresa que reduce el riesgo de la emisión mediante la constitución de garantías, que pueden ser personales o reales.
  6. Clasificadora de riesgo: empresa que permite al inversionista información sobre el tipo de riesgo que corre en caso de que se anime a comprar activos crediticios. 
  7. Trustee: representante de los inversionistas 

Activos Titulizables 

  • Créditos hipotecarios
  • Contratos de arrendamiento con promesa de compra
  • Créditos y derechos sobre flujos de caja procedentes del uso de obras públicas
  • Derechos emanados de concesiones de infraestructuras 
  • Créditos y derechos en general que consten por escrito y que tenga el carácter de transferibles. 

Ventajas para la entidad cedente 

  • La cesión de activos supone la rotación del balance
  • Implica la captación de fondos equivalentes al precio recibido por la misma, lo que aporta una nueva financiación: en el caso de empresas no financieras, puede sustituir a la financiación bancaria en forma de préstamos y en entidades de crédito puede sustituir a la financiación minorista
  • Los fondos pueden utilizarse para eliminar o reducir el endeudamiento previamente existente, con la consiguiente ampliación de las posibilidades de obtener financiación ajena. 
  • Menor necesidad de respaldo por parte de los recursos propios a las actividades de la empresa, especialmente importante para las empresas sometidas a limitaciones sobre los mismos como son las entidades financieras. Esto implica la mejora del coeficiente de solvencia. 
  • La sustitución de la financiación habitual reduce el coste de capital de la entidad. 

Ventajas para los inversores 

  • Se amplían los instrumentos de inversión
  • Permite una mejor aproximación a las preferencias de los inversores, en cuanto a solvencia, tipos de interés o transparencia
  • Se fomenta la competencia al captar recursos en condiciones de mercado y en concurrencia con otros valores ofrecidos 

Inconvenientes para la entidad cedente 

  • La posible reducción del balance derivada de la cesión de activos puede ser un inconveniente para casos en los que el tamaño de la entidad tenga relevancia 
  • La titulización exige activos de cierta calidad, con lo que la calidad crediticia media tiende a reducirse 
  • Puede suponer la sustitución en el pasivo de financiación más barata en forma de depósitos por financiación en condiciones de mercado, reduciendo el margen financiero
  • No todos los activos son titulizables

Inconvenientes para los inversores 

  • Los valores resultantes de un proceso de titulización pueden ser complejos en su operativa, por lo que resultan más adecuados para inversores institucionales 
  • Liquidez inmediata 

Espero que os haya gustado mi último post! 


























CDS (Credit Default Swap)

Credit Default Swap: o incumplimiento crediticio es una operación financiera de cobertura de riesgos, incluida dentro de los derivados financieros que se realiza mediante un contrato de swap sobre un determinado instrumento de crédito (bono o préstamo) en el que el comprador del CDS realiza una serie de pagos periódicos al vendedor y a cambio recibe de éste una cantidad de dinero en caso de que el título que sirve de activo subyacente al contrato sea impagado a su vencimiento o la entidad emisora incurra en incumplimiento de pagos.


Los CDS se emplean desde 1990 y fueron establecidos como un aseguramiento para las grandes corporaciones tras el derrame del Exxon Valdez en 1989. Su facilidad de empleo y la inexistencia de regulación lo convirtieron en el más popular de los instrumentos en el mercado de derivados. Sin embargo, durante la primera década, permanecieron prácticamente desconocidos, y el volumen de operaciones no alcanzaba los 200000 millones de dólares anuales. Hacia finales de los años 90, se manejaban en estos instrumentos grandes cifras. El despegue de los CDS se produce en 2003, en una forma más acelerada en el año 2007 superando con creces las alternativas tradicionales. En 2008 alcanzó su nivel máximo: 65 billones de dólares.




Características 

  • Los CDS se utilizan en el aseguramiento de grandes corporaciones, de paquetes de referencia crediticia (CDO) o en el de los bonos de deuda soberana.
  • Su monto mínimo de operación es de 10 millones de dólares.
  • Los activos subyacentes sobre los que se emite un CDS son cualquier préstamo o título de deuda (obligación o bono) tanto de carácter privado como público
  • Se denomina entidad de referencia a la empresa emisora de títulos subyacentes. 
  • No existe una regulación sobre los CDS en ningún país. 
  • La finalidad teórica del CDS es servir como seguro para el poseedor de un título de deuda que quiere cubrirse del posible impago del mismo, para ello acude a un vendedor de CDS, le paga una prima anual, y en caso de impago el vendedor responde pagando el importe del título al poseedor. 
  • Se denominan CDS en descubierto a aquellos casos en que alguien suscribe un contrato de CDS sin ser poseedor de ningún título de los que quiere asegurar. 
  • Son productos negociados Over The Counter (OTC) lo que significa que no son objeto de negociación en un mercado oficial organizado, sino que son contratos hechos a medida de las dos partes contratantes. 
  • Como en los contratos de swap, la liquidación se puede realizar por liquidación física (el comprador entrega los bonos al vendedor y este paga al comprador la cantidad fijada) o por liquidación por diferencias (el vendedor sólo paga al comprador la pérdida de valor de los títulos). 
  • Pueden ser a un año, dos, tres, cinco o diez años. Pero también se aplican a plazos más cortos

Normalmente estos seguros se aplican a deuda pública, deuda privada y títulos hipotecarios. Son los bancos, hedge funds... los que venden estos seguros a las entidades financieras que han comprado dichos activos de dudas y estás entidades pagarán una prima por la cual se aseguraran la devolución de sus inversiones en caso de impago del emisor. De esta forma, si el emisor de la deuda quiebra, la entidad que ha contratado el CDS recuperará su inversión. 


Para entenderlo más fácilmente voy a poner un ejemploel Banco A compra 1.000 millones de euros en títulos hipotecarios del Banco B y quiere hacer un seguro para que en caso de que el Banco B quiebre (y no pueda hacer frente a sus obligaciones de pago) el Banco A no pierda dinero y pueda recuperar su inversión. Entonces el Banco A contacta con la Entidad C y contrata un Credit Default Swap. El precio del CDS dependerá del nivel de riesgo asumido, así, si el riesgo de quiebra del Banco B es bajo, la prima a pagar será baja. Y al contrario, cuanto más riesgo tenga el Banco B, mayor será la prima. 

Si el CDS de un banco es bajo (por debajo de 250), indica que su riesgo es bajo y que es un banco sólido. Si supera los 250, su situación no es mala, pero tampoco es la mejor deseable. Y si el Credit Default Swap supera los 500 indica alto riesgo y que el banco tiene problemas.


Los Credit Default Swaps se contratan para cubrir un importe concreto, durante un tiempo determinado y sobre los activos de un determinado emisor. 


Los CDS cotizan diariamente y han venido utilizándose para cubrirse del riesgo país cuando se tomaban deudas sobre compañías extranjeras. Actualmente la cotización de CDS revela la visión que tiene el mercado sobre la solvencia de los emisores y de las entidades financieras. Los aumentos en la cotización de CDS implican mayor propensión a la quiebra y los descensos un aumento de solvencia


Diferencias con los Seguros 


Los contratos de CDS han sido comparados con los seguros porque el comprador paga una prima y a cambio recibe una suma de dinero si se produce el impago en el contrato impago.
Sin embargo, existen diferencias importantes con los seguros de las cuales las más relevantes son que el vendedor no requiere ningún tipo de regulación, y que no está obligado a mantener ningún tipo de reserva para pagar a los compradores. Además, mientras el contrato de un seguro ofrece una indemnización por las pérdidas efectivamente producidas por el titular de la póliza (incendio, robo...) los CDS establecen un pago similar a los titulares, sin que exista ninguna pérdida real para ellos.


Caso de Impago 

En caso de que se produzca un impago hay dos opciones que ya hemos explicado anteriormente que son la liquidación física o liquidación por diferencias. 
En caso de impago los bonos sigue comprándose y vendiéndose en el mercado; la razón es que su precio no disminuye hasta cero, ya que en la mayor parte de los casos, el mercado espera una recuperación de una parte importante de los flujos prometidos por el bono. Suponiendo una tasa de recuperación del 40%, la pérdida y por tanto la liquidación del CDS sería del 60%. 
Como adelantábamos al principio, los CDS son los instrumentos específicos más básicos para la transferencia de riesgo de crédito. 

Actualmente, a los CDS se les culpa de la desaceleración económica tras el estallido de la crisis del 2007. Los CDS se alejan de los conceptos tradicionales de "cobertura de riesgo" al precipitar y acelerar el proceso de riesgo. 
El problema mayor de los CDS es el enorme volumen que han tomado (mayor a toda la economía mundial) lo que plantea enormes riesgos sistémicos. Para muchos, estos instrumentos son un verdadero mounstro creado e imposible de controlar. 
Esta es la razón por la que muchas autoridades han comenzado a exigir su regulación. Hasta el momento, no hay nada resuelto frente a los CDS. Sólo que sus inversionistas han sido los grandes beneficiados de la crisis.
 
Aquí os dejo una tabla con los 20 países que mayor impago tienen 



Espero que os haya gustado mi post! 











jueves, 17 de marzo de 2011

Basilea III

Basilea III es un acuerdo histórico entre los bancos centrales y los supervisores, para reforzar la solvencia y liquidez de las entidades de crédito.

El objetivo de la nueva normativa es evitar crisis financieras como la que estamos viviendo en los últimos años, o si se produce, que sean las propias entidades las que asuman las pérdidas, no los bancos centrales y los impuestos de los ciudadanos.

La importancia del acuerdo se centra en los requisitos de capital que deben cumplir los bancos a partir de 2019. Los criterios actuales se han endurecido dado que ahora se exigen en las reservas un 2% de los créditos concedidos o de las inversiones realizadas y con la nueva normativa será el 7%. Aunque la fecha de adaptación está muy lejos, muchas entidades ya están forzando las nuevas cumplir las nuevas exigencias, dado que el mercado de capitales está siendo muy estricto con aquellos que necesitan liquidez. Los expertos estiman que para las cajas será un esfuerzo, mientras que para los grandes bancos no habrá problemas.

Las entidades de crédito van a tener que cambiar su modelo de negocio, de manera que, retribuirán menos por los depósitos y cobrarán más por el dinero que presten.

Los accionistas podrán encontrarse con ampliaciones de capital así como recortes en los dividendos, que pueden hacer caer sus cotizaciones. Ante esta situación el inversor no deberá sorprenderse de que las entidades financieras españolas intenten captar sus ahorros para su capital propio, en lugar de hacerles las recomendaciones más atractivas para obtener buenas rentabilidades a sus patrimonios.




Tras asistir a la primera crisis financiera global del siglo y la más grave en muchas décadas, en noviembre del 2008 la cumbre de líderes del G-20 en Washington elaboró un plan de acción en materia de reforma financiera. Debido al importante papel del sector bancario en la crisis, es natural que muchos puntos de actuación propuestos por el G-20 se refirieran a ese sector.

El Comité de Supervisión Bancaria dio seguimiento a esta llamada de atención y en 2009 publicó sus propuestas para el refuerzo de la gestión de liquidez.

El paquete de reformas del Comité de Basilea se propone fortalecer los actuales requerimientos de capital de las entidades de crédito.

Basilea III contempla la introducción de un coeficiente de apalancamiento no basado en el riesgo como medida de capital. Se espera que ese coeficiente de apalancamiento frene el excesivo crecimiento de los balances. Las propuestas incluyen exigencias mínimas por riesgo de liquidez que permitan a las entidades de crédito soportar situaciones de tensión de liquidez a corto plazo y aseguren la estabilidad a largo plazo de sus necesidades de financiación.

Algunas entidades financieras sugieren que los acuerdos son demasiados estrictos y apuntan al riesgo que la aplicación de dichos acuerdos supone para la concesión de préstamos de las entidades de crédito y para la recuperación de la economía.

El acuerdo de Basilea se centra en dos nuevos modelos sobre niveles mínimos de liquidez para entidades de créditos con actividades internacionales.

  • Coeficiente de cobertura de liquidez: se pretende aumentar las reservas de activos líquidos a fin de que las entidades de crédito puedan soportar situación de estrés que se prolonguen durante un mes. 
  • Coeficiente de financiación estable neta: carácter estructural y a largo plazo. Trata de asegurar una financiación más estable mediante pasivos a medio o largo plazo para evitar situaciones de estrés prolongadas. 
El Banco Central Europeo sigue con gran atención los cambios del sistema financiero que puedan resultar de la nueva regulación con potenciales implicaciones para la conducción de la política monetaria. Asimismo, se analizan activamente estos aspectos de Basilea III para asegurarnos de que la instrumentación de la política monetaria en la zona euro siga siendo efectiva también en el nuevo entorno. 

Actuales Medidas de Basilea III
  1. Capital Estructural (Tier 1): reservas básicas de capital de un banco, calculadas según el riesgo de los activos que tiene en sus libros. 
  • Nuevo: el ratio de capital total Tier 1 es 6% con un capital central Tier 1 de 4,5%. Las normas estarán en vigencia en 2015. 
  • Actual: a los bancos se les exige tener un ratio de capital estructural de 4% y el 2% es el capital estructural. 
     2.  Colchón de Conservación
  • Nuevo: 2,5% que se suma al capital estructural Tier 1. Cualquier banco que no cumpla estos requisitos se enfrentará a restricciones de pagos. Entrará en vigor en 2019.
     3.  Colchón de Capital 
  • Nuevo: se establece entre el 0 y el 2,5% en acciones comunes. Su objetivo es forzar a los bancos a tener un respaldo adicional cuando los supervisores vean un crédito excesivo en el sistema que amenace morosidad. 
     4.  Ratio de apalancamiento 
  • Se apunta por primera vez a limitar el apalancamiento en el sector bancario mundial. Se pondrá a prueba un ratio de 3% antes de introducir un ratio obligatorio en el 2018. 
     5.  Liquidez
  • Buscar asegurar que los bancos cuenten con suficiente efectivo para salir de un golpe a corto plazo y de condiciones a medio o largo plazo. 

Espero que os haga gustado mi post! 




















viernes, 11 de marzo de 2011

Riesgo Financiero

También conocido como riesgo de crédito o de insolvencia, el Riesgo Financiero hace referencia a la incertidumbre asociada al rendimiento de la inversión debida a la posibilidad de que la empresa no pueda hacer frente a sus obligaciones financieras (pago de intereses y amortización de las deudas). El riesgo financiero es debido a un único factor: las obligaciones financieras fijas en las que se incurre.


Cuanto mayor sea la suma de dinero que una organización pública o privada debe en relación con su tamaño, y cuanto más alta sea la tasa de interés que debe pagar por ella, con mayor probabilidad la suma de intereses y la amortización del principal llegará a ser un problema para la empresa y el valor de mercado de sus inversiones fluctuará.

En cuanto al plazo de la deuda es necesario señalar que el corto plazo tiene un riesgo mayor que el largo plazo. 
Primero, porque el tipo de interés a corto plazo es más volátil que el tipo a largo así cada vez que hay que renovar la deuda a corto nos encontraremos con que los tipos han variado, lo que ocurrirá en menor medida si la deuda es a largo plazo y el tipo de interés fijo. Segundo, si la empresa necesita renovar el préstamo no hay forma de conocer con certeza si el actual prestamista estará dispuesto a volver a prestarle el dinero que necesita.

Desde el punto de vista del inversor, la forma de protegerse contra el riesgo financiero es la de colocar su dinero en aquellas organizaciones que carezcan de riesgo de insolvencia o que lo tengan muy bajo, es decir, el Estado, empresas públicas y privadas con bajos coeficientes de endeudamiento.

Tipos de Riesgo Financiero

  1. Riesgo de crédito: son los más importantes, ya que afectan al activo principal: la cuenta colaciones. Una política liberal de aprobación de créditos generada por contar con excesivos niveles de liquidez, ocasiona una alta morosidad. 
  2. Riesgo de mercado: se debe a las variaciones imprevistas de los precios y de los instrumentos de negociación. La capacidad empresarial y de gestión es la que permite ver el futuro y elegir productos de éxito para mantener la lealtad de los clientes, preservar la imagen y la confianza. 
  3. Riesgo de tasas de interés: es producido por la falta de correspondencia en el vencimiento de los activos y pasivos fuera del balance. En ciertos mercados la demanda de dinero puede afectar a las tasas de interés pudiendo llegar por efecto de cambios en la economía internacional a niveles como los de la crisis de deuda. 
  4. Riesgo de liquidez: se produce como consecuencia de continúas pérdidas de cartera, que deteriora el capital de trabajo. Un crecimiento desmesurado de las obligaciones también puede conducir al riesgo de pérdida de liquidez. 
  5. Riesgo de cambio: originado en las fluctuaciones del valor de las monedas. Las economías de países en vías de desarrollo no están libres de que crezca la balanza de pagos. La consecuencia normal es devaluación del tipo de cambio, que afectará elevando el valor de los créditos, pudiendo regular impagables por los deudores si su actividad económica genera ingresos. Para protegerse de este riesgo, es necesario seleccionar la cartera de prestatarios colocando créditos en moneda extranjera solo a quienes operan en esta moneda, y asumir una regla entre lo captado y lo colocado 
  6. Riesgo de insuficiencia patrimonial: las Instituciones no tengan el tamaño adecuado para el nivel de sus operaciones corregidas por su riesgo crediticio. 
  7. Riesgo de endeudamiento: se define como el no contar con las fuentes de recursos adecuados para el tipo de activos que los objetivos corporativos señalen. Incluye, el no poder mantener niveles de liquidez adecuados y recursos al menor costo posible. 
  8. Riesgo legal: se produce como consecuencia de los cambios legales o de las normas de un país, que puede poner en desventaja a una institución frente a otra. 

Formas de minimizar el riesgo financiero

Una forma para minimizar el riesgo es evaluando la rentabilidad de la empresa en la que se pretende invertir ya que a mayor información es menor el riesgo de tomar decisiones. 

  • Derivados: son contratos cuyo precio depende o deriva de otro activo principal llamado activo subyacente. La operación en derivados permite equilibrar el riesgo de precio o de mercado, estos subyacentes son: metales, petroleo o activos financieros. 
  • Futuros: contrato de compraventa donde se pacta el activo a intercambiar, la cantidad, el precio y fecha futura en que se llevará a cabo la transacción. El comprador y vendedor de futuros aceptan las obligaciones frente a expectativas de mercado que percibe cada uno. 

Espero que os haya gustado mi post!  






jueves, 10 de marzo de 2011

Planes de Pensiones

Plan de Pensiónmodalidad de ahorro cuyo objetivo es complementar la pensión que se recibe en el momento de la jubilación y que permite, pasado un tiempo, recuperar el valor de lo invertido más los intereses que haya generado en este período.

Esos ahorros se invierten en un fondo de pensiones con una serie de subvenciones fiscales específicas.

La cantidad de capital invertido por un ahorrador y que forma parte del fondo se denomina unidad de cuenta. El valor de la unidad de cuenta de un plan de pensiones se determina, diariamente y se calcula dividiendo el patrimonio total del fondo entre el número total de unidades de cuenta.





Participantes 


Quien se encargar de gestionar el dinero se llama entidad gestora. Dicha entidad es la responsable y encargada de controlar las cantidades invertidas en el plan, así como informar a los participantes de como evoluciona el valor del fondo.


Donde se deposita el dinero es la entidad depositaria.

¿Qué aportaciones puedo realizar? 

  1. Aportación anual máxima: depende de tu edad en el momento de realizar la aportación
  • Hasta los 50 años, la aportación anual máxima se fija en 10000€ 
  • A partir de los 50 años, la aportación anual máxima es de 12500€ 

     2.  Aportaciones a favor de cónyuge 

  • Si tu cónyuge no tiene rentas o son inferiores a 8000€, podrás reducir las aportaciones con un límite máximo de 2000€

     3.  Aportaciones a favor de personas con alguna minusvalía 

  • Si el titular tiene alguna minusvalía igual o superior al 65% o psíquica igual o superior al 33%, la aportación máxima que puede realizar es de 24250€. Puede realizar aportaciones al plan tanto el propio titular como sus familiares directos. Las aportaciones realizadas por cada una de las personas que no son titulares del plan tienen que ser como máximo de 10000€. 

Fiscalidad sobre las aportaciones

Toda aportación alE Plan de Pensiones desgrava sobre la Base Imponible del partícipe. Esto quiere decir, que toda la aportación anual se resta integra de la Base Imponible del titular en el I.R.P.F, por lo que en la práctica, Hacienda, devuelve un alto porcentaje de la aportación en el siguiente año fiscal. 

¿Cuándo podré cobrar mi plan? 

  • En caso de Jubilación: cuando te jubiles en el régimen de Seguridad Social podrás decidir como y cuando deseas cobrar tu plan. Si no tienes acceso a la jubilación (por el hecho de no haber cotizado nunca en la Seguridad Social) la contingencia se entenderá producida a partir de la edad ordinaria de jubilación en el Regimén General de la Seguridad Social (65 años). No obstante puede anticiparse la prestación, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos a partir de los 60 años y 45 años si el titular es minusválido. 
  • En caso de incapacidad El plan puede hacerse efectivo en caso de incapacidad laboral total y permanente para la profesión habitual, o absoluta y permanente para cualquier tipo de trabajo, o gran invalidez, determinadas conforme al régimen correspondiente de la Seguridad Social. 
  • En caso de fallecimientoEn el supuesto de fallecimiento, tanto en el periodo en que se realizan las aportaciones (partícipe) como en el de cobro de prestaciones (beneficiario). 
  • En caso de enfermedad graveCuando se acredite con un certificado médico de la Seguridad Social o de una entidad concertada. Cualquier dolencia física o psíquica que incapacite temporalmente para la ocupación o actividad habitual durante un periodo continuado mínimo de 3 meses y que requiera una intervención clínica de cirugía mayor en un centro hospitalario o tratamiento en el mismo. Cualquier dolencia o lesión física o psíquica con secuelas permanentes que limiten parcialmente o impidan totalmente la ocupación o actividad habitual, requiera o no asistencia de otras personas.
  • En caso de desempleo de larga duración Cuando el partícipe se encuentre en situación legal de desempleo (no voluntario) durante un periodo continuado de al menos 12 meses, siempre que esté inscrito en el INEM u organismo competente y no perciba prestaciones contributivas.

Mejores Planes de Pensiones por categorías 

Los Planes de Pensiones se dividen en 6 categorías, de acuerdo a su objeto de inversión. Las categorías son:
  • Renta Fija Corto Plazo inversión en valores de renta fija con una duración media de la cartera inferior a los 2 años.
  • Renta Fija Largo Plazo inversión en valores de renta fija con una duración media de la cartera superior a los 2 años.
  • Renta Fija Mixta: la cartera incorpora activos de Renta Variable hasta un máximo del 30%.
  • Renta variable mixtaLa cartera está integrada por activos de renta variable, entre el 30% y el 75% del patrimonio.
  • Renta Variableestá integrada por activos de renta variable con un mínimo del 75%



















viernes, 25 de febrero de 2011

¿Qué es un Seguro de Vida?

A muchas personas les preocupan los problemas económicos que su fallecimiento puede provocar a su familia. Uno de sus grandes temores es que tanto su cónyuge como sus hijos no cuenten con los medios para hacerse cargo de los gastos del entierro, deudas de la vivienda y gastos para vivir.

Este tipo de seguros se utilizan como cobertura indemnizatoria para los beneficiarios en el supuesto de fallecimiento del beneficiario o como garantía de pago en algunos casos.

Están regulados por la Ley 50/1980 de los contratos de seguro, siéndole de aplicación la misma o en su defecto la legislación mercantil vigente. Se define un contrato de seguro de vida a los distintos tipos de pólizas que comprender todos los riesgos pueden afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado.

La característica intrínseca de este contrato es indemnizatoria dado que el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los límites establecidos por la Ley y en el contrato, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado, o de ambos eventos conjuntamente. 
Este tipo de seguros puede realizarse a título individual o colectivo, siempre y cuando se seleccione un grupo de personas que estén afectados por el mismo riesgo. A título colectivo, valgo por ejemplo el seguro colectivo de vida de una unidad de bomberos. 


¿Porque contratar un Seguro de Vida? 


La necesidad de un seguro de vida dependerá de sus circunstancias personas y económicas. 
Los seguros de vida también suelen usarse para pagar los impuestos sucesorios y los gastos funerarios. 


¿Cuál es el Seguro de Vida ideal para usted? 


Elegir un seguro no es una tarea sencilla, pero elegir correctamente puede significar importantes ahorros. El seguro de vida es un beneficio no una carga. 


Si usted es la única fuente de ingresos, tendrá que pensar en una cobertura que permita, que su familia pueda mantenerse hasta que logren otra fuente de ingresos. Pero si es soltero, y vive con sus padres o solo, no necesita un seguro de vida. Porque no tiene a nadie que dependa de usted


Para decidir si le es necesario un seguro de vida, debe considerar el número y las edades de sus hijos personas menores de edad a su cargo, las necesidades de su familia y el dinero necesario para que sobrevivan hasta resolver su nueva situación financiera. El seguro no necesariamente debe ser para toda la vida, debe revisar sus necesidades de su seguro periódicamente y si cambian sus ingresos o sus hijos se independizan puede que ya no necesite un seguro o al menos el mismo tipo de seguro. 


Estructura establecida 

  • Asegurador: como compañía que ofrecerá la contra prestación a cambio de la prima. 
  • Tomador del seguro: persona que contrata la póliza y asume el pago de la prima. 
  • Asegurado: persona que cubre sus riesgos por la póliza
  • Beneficiario: persona que resultará indemnizada con la contra prestación del seguro
  • Prima: cantidad a pagar por el tomador del seguro a asegurador como contrapartida de la cobertura de riesgos. 
La legislación vigente en nuestro país obliga al consentimiento expreso en la póliza del asegurado si el tomador del seguro y asegurado no son la misma persona. 

Los beneficiarios pueden ser cambiados a posteriori por el tomador de seguros. 

Condiciones de resolución 

Los seguros de vida pueden tener una duración determinada o indeterminada en función del riesgo cubierto y pago de la cobertura asegurada. En el caso de seguros de vida con aportaciones periódicas, si a partir del segundo año se suspende el pago de las primas, el contrato de seguro no puede ser revocado, solo se puede reducir el importe de la prima y las condiciones de rescate del mismo. 

Respecto a los seguros de muerte, quedan excluidas únicamente las causas que así estén contempladas en la póliza de seguro. 

Para el caso del suicido, como caso más polémico tenemos que saber que la póliza si cubre este fallecimiento salvo pacto en contrario en la póliza de seguro. 

El importe de las primas es un valor muy variable, dado que su cuantía va a venir determinada por el tipo de prestación que vamos a recibir junto con las características del pago de la misma. En este caso, existen combinaciones múltiples tanto de la configuración de primas como de recepción de capitales. 

Espero que os haya resultado de ayuda mi post y gracias por visitarme! 

 













































miércoles, 23 de febrero de 2011

Warrants

El Warrants es un contrato o instrumento financiero derivado que da al comprador el derecho, pero no la obligación, de comprar/vender un activo subyacente (acciones españolas o extranjeras, índices bursátiles nacionales o internacionales, tipos de cambio (divisas), tipos de interés, obligaciones, etc.) a un precio determinado en una fecha futura también determinada.

Si un warrant es de compra recibe el nombre de call warrant. Si es de venta es un put warrant. El warrant da al poseedor la posibilidad de efectuar o no la transacción asociada (compra o venta) y a la otra parte la obligación de efectuarla.

Componentes 

Los Warrants se caracterizan por ser valores agrupados en emisiones realizadas por una entidad y representados mediante anotaciones en cuenta que cotizan en un mercado organizado. Los warrants se encuadran dentro de la categoría de las opciones, dentro de este mercado se diferencian de las opciones contratadas por ejemplo en el Mercado Español de Futuros Financieros de Renta Variable. Las diferencias básicas son las siguientes:

  • Plazo de vencimiento: las opciones del Mercado tiene un plazo máximo de un año, mientras que los warrants pueden tener un plazo mayor. 
  • Liquidez: los warrants suelen gozar de mayor liquidez, puesto que las entidades emisoras se encargan de que exista. En las opciones negociadas, la liquidez depende del mercado. 

Elementos 

  • El precio al que se comprará/venderá recibe el nombre de precio de ejercicio
  • Activo subyacente. Es el activo de referencia sobre el que se otorga el derecho, puede ser una acción, una cesta de acciones, índice bursátil, divisa, tipo de interés... 
  • La fecha futura en la que se producirá la transacción recibe el nombre de fecha de ejercicio 
  • Prima. El precio que se paga por el warrant 
  • Ratio. Corresponde al número de activos subyacentes que representa cada warrant 

Características 

Para inversores particulares los warrants son productos derivados diseñados para ellos 
Ofrecen una sencilla forma de contratación: 

  • Varios emisores y subyacentes. Existen diversos emisores y una amplia variedad de subyacentes, por lo que el inversor a la hora de contratar podrá eligir emisor y subyacente. La competencia entre los emisores favorece al inversor. 
  • La liquidez en el mercado de los warrants se encuentra garantizada puesto que existen creadores de mercado que suministran dicha liquidez. 
  • Apalancamiento: magnifica el movimiento del activo subyacente. 
  • Permiten posicionarse al alza y a la baja y obtener ganancias y/o pérdidas limitadas
  • Tienen una vida limitada (entre 1 y 2 años) 

Antes de invertir en warrants es recomendable: 

  • Conocer con detalle todas las características del warrant sobre el que se quiere invertir, así como el régimen fiscal aplicable a estos activos. 
  • Seguir de forma continúa la evolución de los precios del activo de referencia o subyacente sobre el que está emitiendo valor. 
  • Buscar el asesoramiento de los intermediarios financieros. En función de las necesidades, ellos le orientarán sobre que emisión comprar. 

Ventajas 

  • Permite un elevado apalancamiento, por la menor inversión (prima) en el warrant respecto a la inversión directa en el activo subyacente 
  • Tiene un riesgo limitado, ya que la pérdida máxima es igual al importe de la inversión (prima) del warrant
  • Permite obtener beneficios potenciales limitados, equivalentes a la diferencia entre el precio del ejercicio prefijado del warrant y el precio registrado por el activo subyacente 

Estrategias 

Por sus características, los warrants pueden ser utilizados para: 

  • Cobertura de riesgos de movimientos adversos en el precio del activo subyacente, dado que el warrant incorpora un derecho a comprar o vender, pero no una obligación. 
  • Inversión a corto plazo o a vencimiento, sobre la base del apalancamiento, con un riesgo limitado y con los potenciales beneficios ilimitados que proporcionan los warrants. 

Espero que os haya resultado de ayuda mi post!